viernes, 7 de marzo de 2014

Como se digiere una ley Modelo. El CLOUT. Los digestos. Tercera parte




See below English version.


Advertencia

Para evitar que quienes no estén familiarizados con el CLOUT piensen que desvarío, recomiendo leer esta entrada conjuntamente con la entrada del 5 de marzo de 2013.

Desarrollo del CLOUT

Como siempre ocurre con las innovaciones, el crecimiento del CLOUT muestra un estado de aceleración creciente. En el pleno de la Comisión de 2002, la Secretaría reportó que se habían publicado 36 números del CLOUT en los que se resumían 420 casos. En el último informe (Pleno de 2013), la Secretaría reportó que, al 26 de abril, se habían publicado 128 números, reseñando 1055 casos. La mayoría, eran resoluciones sobre la CISG y de la LMA.

Cuando, en 2001, la Secretaría reportó al pleno de la Comisión el estado del CLOUT, hizo notar que de las resoluciones reportadas fácilmente se apreciaba que la interpretación de las diversas leyes nacionales distaba de ser uniforme. Ese resultado no me sorprende; tradicionalmente los sistemas judiciales nacionales son como un archipiélago; cada uno es una isla incomunicada con el resto del mundo. Éste estado de las cosas debe evolucionar.

Los digestos

La búsqueda de métodos para diseminar la información sobre el derecho uniforme y promover la aplicación de los textos legales, es incesante. Todos los años la Comisión considera sus estrategias. En la sesión plenaria de 2001, la Comisión, tomando en cuenta los resultados reportados, sugirió a la Secretaría la conveniencia de preparar un digesto sobre la jurisprudencia del CLOUT sobre la CISG.

Desde entonces la idea de los digestos ha evolucionado. Los principios de importancia que la Comisión tiene establecidos para los digestos, al día de hoy, son los siguientes: (i) no son una guía de aplicación de una convención o ley modelo; (ii) se limitan a presentar, en forma analítica, los casos reportados; (iii) no contienen criticas o juicios de valor sobre los casos reportados, y (iv) son trabajos de la Secretaría.

A la fecha, la Secretaría tiene publicados, en español, el “Compendio de la CNUDMI sobre jurisprudencia relativa a la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG) (2008). En inglés una versión del mismo, puesta al día en 2012.

También, en inglés, el “UNCITRAL 2012 Digest of Case Law on the Model Law on International Commercial Arbitration”. Este documento está en proceso de traducción a las seis lenguas oficiales de las Naciones Unidas.

Digestos. Estructura

Los digestos se forman por capítulos que corresponden a los capítulos de la convención o de la LMA. Los capítulos, tienen un apartado para cada artículo que lo forma. 

Cada capítulo contiene una sinopsis de la jurisprudencia relevante por cada artículo, resaltando puntos de vista comunes y reportando las diferentes tendencias de los tribunales nacionales y de los tribunales arbitrales. 

Cada artículo comienza con la transcripción del artículo, una referencia a los trabajos preparatorios de ese artículo, una introducción descriptiva, seguida del reporte de los casos de jurisprudencia. El texto explica los diversos sentidos y, en notas a pie de página, está la información para identificar los resúmenes y las resoluciones.

Un ejemplo

Como ejemplo, y para una mejor presentación gráfica, a continuación describo, parcialmente, el Capítulo VII sobre la impugnación del laudo.

Articulo 34. La petición de nulidad como único recurso contra un laudo arbitral. Transcripción del artículo.

Relación de los trabajos preparatorios.

Introducción.

Sección de jurisprudencia

La nulidad, recurso único en contra de un laudo—párrafo (1). 

Naturaleza legal del procedimiento de nulidad.
Autonomía de la voluntad.
Admisibilidad de los procedimientos de nulidad.

Consideraciones generales.

Jurisdicción para conocer de demandas de nulidad.

Laudo arbitral.

Laudo sobre jurisdicción.

Demandas de nulidad por terceros.

La cargas de alegar y probar a cargo de la parte demandante—párrafo (2). 

Causas para declarar la nulidad de un laudo.

Cuestiones generales.

Construcción y aplicación.

Estándar de revisión.

Discreción judicial.

Anulación parcial de un laudo.

Incapacidad, acuerdo de arbitraje nulo (2)(a)(i).

Incapacidad de una parte en el acuerdo de arbitraje.

El acuerdo de arbitraje es nulo.

Revisión de las determinaciones del tribunal arbitral.

Doctrina de la separación.

Acuerdos de arbitraje patológicos.

Laudo contra quienes no fueron parte.

Expiración del término para dictar y notificar un laudo.

Denegación de jurisdicción errónea.

Renuncia.

La parte no tuvo oportunidad de presentar su caso (2)(a)(ii).

Relación con otras causas.

Estándar de revisión.

Falta de participación o representación.

Información acerca del arbitraje y la constitución del tribunal arbitral.

Notificación apropiada de documentos.

Lenguaje.

Tiempo razonable para responder.

Denegación de audiencias.

Rechazo de pruebas ofrecidas o presentadas.

Privación del derecho de comentar sobre las pruebas.

Investigaciones independientes por el tribunal arbitral.

El árbitro se basa en su propia pericia o experticia.

Laudo sobre cuestiones no identificadas por las partes antes de rendir el laudo.

Consideración de los argumentos de las partes.

Efectos del laudo—requerimientos.

Renuncia.
[…]

Para servir como ejemplo, con lo anterior basta. 

En los párrafos que siguen a los títulos reseñados, se indica el sentido de las decisiones reportadas sobre el tema. En notas de pie de página, están los datos que identifican cada caso concreto en el CLOUT y que permiten al lector la consulta de los resúmenes; y, si lo estima conveniente, de las resoluciones completas.

Además, al final está un anexo con la lista de los casos.

El digesto y la CNY


Comentarios adicionales

En el digesto de la LMA se indican, en la media de lo posible, los casos en que las divergencias en las interpretaciones de un artículo, tienen su origen en cambios que hizo el legislador nacional. 

La consulta del digesto debe complementarse con la de los resúmenes y las decisiones reportadas en los números de CLOUT.

Tanto los resúmenes, como los digestos, pueden consultarse en la página de la UNCITRAL (www.uncitral.org).

Como el propósito es reflejar la evolución de la jurisprudencia, los digestos serán objeto de actualizaciones periódicas. 

El mejor manual

En una entrada anterior comenté que la mejor manera de convertirse en un experto en arbitraje y en la LMA, era sumergiendose en los trabajos preparatorios. Especialmente el Comentario de la Secretaría. En esta entrada debo agregar que la sistematización de la información del Digesto de la LMA, es el mejor manual de la LMA. 


Me quedan otras fuentes de información para comentario en la próxima entrada.


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How to Digest a Model Law. The CLOUT. The Digests. Third Part

Warning

To avoid those non familiarized with the CLOUT to think I'm hallucinating, I recommend to read this entry jointly with the March 5 2014 entry

Development of the CLOUT

As it always occurs with innovations, growth of CLOUT shows a status of increasing acceleration. In the Plenary session of the Commission in 2002, the Secretariat reported there had been 36 numbers of the CLOUT published in which 420 cases were summarized. In the last report (plenary session of 2013) the Secretary reported that, as of April 26, 128 numbers had been published, summarizing 1055 cases. The majority had to do with resolutions on CISG and UMLA.

In 2001, when the Secretariat reported to the plenary session of the Commission the status of the CLOUT, highlighted that from the resolutions reported it was easily evidenced that the interpretation of the national laws was far from being uniform. The result does not surprise me; traditionally, national judicial systems are like an archipelago; each of them is an island with no communication with the outside world. The status of things must evolve.

The Digests

The search for methods to disseminate the information on uniform law and promote the application of the legal texts is non stop. Every year the Commission considers its strategies. In its plenary session of 2001, the Commission, taking into account the reported results, suggested to the Secretariat the convenience of preparing a digest on jurisprudence from the CLOUT regarding the CISG.

Since then the idea of digests has evolved. The important principles that the Commission has in place for the digests, as of today, are the following: (i) they are not a guide of application of a convention or model law; (ii) they are limited to presenting, in an analytical way, the reported cases; (iii) they do not include critics or opinions on the reported cases, and (iv) they are works of the Secretariat.

As of today, the Secretariat has published, the “UNCITRAL Digest of Case Law on the United Nations Convention on the International Sale of Goods” (CISG) (2008). An English version of the same was updated in 2012.

Also, the “UNCITRAL 2012 Digest of Case Law on the Model Law on International Commercial Arbitration”.

Digests. Structure

Digests are composed of chapters that correspond to the chapters of the CISG or the UMLA. The chapters have a section for each of the articles.

Each chapter contains a summary of the relevant case law for each of the articles, highlighting common points of view and reporting different tendencies of national courts and arbitral tribunals.

Each article commences with the transcription of the article, with a reference to the preparatory works of that article, a descriptive introduction, followed by a report on cases of jurisprudence. The text explains the different meaning and, in foot notes, the information to identify the information to identity the summaries and the decisions.

An Example

As an example, and for illustrative purposes, I will partially describe Chapter VII on recourse against the award.

Article 34. Application for setting aside as exclusive recourse against arbitral award. Text of the article.

Note on preparatory works.

Introduction.

Section of case law

Exclusive recourse against arbitral awards—paragraph (1). 

Legal nature of setting aside procedures.

Party autonomy.

Admissibility of setting aside procedures.

General considerations.

Jurisdiction to hear an application under article 34.

Arbitral award.

Award on jurisdiction.

Applications under article 34 by third parties.

Burden of pleading and burden of proof—paragraph (2). 

The grounds for setting aside an arbitral award.

General Issues.

Construction and application.

Standard of review.

No review of the merits of the arbitral award.

Judicial discretion.

Partial setting aside of an award.

Incapacity, invalid arbitration agreement (2)(a)(i).

Incapacity of a party to the arbitration agreement.

The arbitration agreement is invalid.

Reviewability of arbitral tribunal's findings.

Doctrine of separability.

Pathological arbitration agreement.

Awards against non-signatories.

Expiry of time limit for rendering an award.

Erroneous denial of jurisdiction.

Waiver.

The party was unable to present its case (2)(a)(ii).

Relationship to other grounds.

Standard of review.

Lack of participation or representation.

Information about the arbitration and the constitution of the arbitral tribunal.

Proper service of documents.

Language.

Reasonable time to respond.

Refusal to hold oral hearings.

Rejection of evidence offered or presented.

Inability to comment on relevant evidence.

Independent investigations by the arbitral tribunal.

Reliance on own expertise.

Award on issues not indicated to the parties before rendering the award.

Consideration of the arguments of the parties.

Effects of the award—requirement.

Waiver.

[…]

To serve an example, the above is enough.

In the paragraphs following the titles mentioned, the way of the reported decisions on the matter is indicated. The information that identify each case in the CLOUT is contained in the footnotes, which allow readerS to consult the summaries; and, if they deems it convenient, of the complete decisions.

Moreover, there is an annex with the list of cases at the end.

The Digest and the NYC


Additional Comments

In the UMLA digest it is indicated, to the possible extent, the cases in which the divergence of the interpretations of an article have their origin in changes made by the national legislator.

The consultation of the digest must be complemented with those of summaries and reported decisions of CLOUT.

Both the summaries and the digests may be consulted in the UNCITRAL web page (www.uncitral.org).

Since the purpose is to reflect the evolution of case law, the digests will be object of periodical updates.

The Best Manual

In a previous entry I commented that the best way of becoming an expert in arbitration and the UMLA was to submerge in the preparatory works. Specially in the Commentary of the Secretary. In this entry I should add that the systematization of information from the UMLA digest is the best manual of the UMLA.


There are some additional sources of information to comment on in my next entry.

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